Proceso de Gases de Efecto Invernadero (GEI) según ISO 14064-1:2018
La norma ISO 14064-1:2018 proporciona la especificación con orientación, a nivel de las organizaciones, para la cuantificación y el informe de las emisiones y remociones de gases de efecto invernadero (GEI). Esta norma internacional detalla los principios y requisitos para el diseño, desarrollo, gestión e informe de los inventarios de GEI a nivel organizacional. Su objetivo principal es aumentar la integridad ambiental, la credibilidad, la coherencia y la transparencia de la cuantificación, el seguimiento, el informe, la verificación y la validación de los GEI. La aplicación de esta norma facilita el desarrollo e implementación de estrategias y planes de gestión de GEI, acciones de mitigación, y la capacidad de seguir el desempeño y progreso en la reducción de emisiones o el aumento de remociones.
El contexto de esta norma radica en el cambio climático originado por la actividad antropogénica, reconocido como uno de los mayores retos mundiales. La familia de normas ISO 14060 busca apoyar una respuesta eficaz y progresiva a esta amenaza mediante la transformación del conocimiento científico en herramientas prácticas. La norma ISO 14064-1 es neutral ante los programas de GEI, por lo que si se aplica algún programa, sus requisitos son adicionales a los de esta serie.
Conceptos Fundamentales de los GEI
La norma define varios términos clave relacionados con los GEI y el proceso de inventario. Un gas de efecto invernadero (GEI) es un componente gaseoso de la atmósfera, natural o antropogénico, que absorbe y emite radiación infrarroja. Ejemplos de GEI se pueden encontrar en el informe más reciente del IPCC. Una fuente de GEI es un proceso que libera un GEI a la atmósfera, mientras que un sumidero de GEI es un proceso que retira un GEI de la atmósfera. Un reservorio de GEI es un componente, distinto de la atmósfera, con la capacidad de acumular, almacenar y liberar GEI.
La emisión de GEI es la liberación de un GEI a la atmósfera, y la remoción de GEI es la retirada de un GEI de la atmósfera mediante sumideros. El factor de emisión de GEI es un coeficiente que relaciona los datos de actividad con la emisión de GEI, y el factor de remoción de GEI relaciona los datos de actividad con la remoción de GEI.
Las emisiones directas de GEI provienen de fuentes que pertenecen o son controladas por la organización, utilizando conceptos de participación del capital o control (financiero u operativo) para establecer los límites operativos. Las emisiones indirectas de GEI resultan de las operaciones y actividades de una organización, pero provienen de fuentes que no pertenecen ni son controladas por ella, ocurriendo generalmente en la cadena aguas arriba o aguas abajo.
El potencial de calentamiento global (PCG) es un índice que mide la fuerza de radiación tras la emisión de una unidad de masa de un GEI en relación con el dióxido de carbono (CO2) durante un período determinado. El equivalente de dióxido de carbono (CO2e) es la unidad para comparar el forzamiento radiativo de un GEI con el del CO2, calculado multiplicando la masa del GEI por su PCG.
Principios del Inventario de GEI
La aplicación de principios es fundamental para asegurar la veracidad y la justicia de la información relacionada con los GEI. Estos principios son la base de los requisitos de la norma:
- Pertinencia: Seleccionar las fuentes, sumideros, reservorios de GEI, datos y metodologías apropiados para las necesidades del usuario previsto.
- Integridad: Incluir todas las emisiones y remociones pertinentes de GEI.
- Coherencia: Permitir comparaciones significativas en la información relacionada con los GEI.
- Exactitud: Reducir el sesgo y la incertidumbre en la medida de lo posible.
- Transparencia: Divulgar información suficiente y apropiada relacionada con los GEI para permitir a los usuarios previstos tomar decisiones con confianza razonable.
Límites del Inventario de GEI
La organización debe definir tanto los límites de la organización como los límites de informe de su inventario de GEI.
Los límites de la organización se establecen consolidando las emisiones y remociones de GEI a nivel de instalación mediante uno de dos enfoques:
- Control: La organización considera el 100% de las emisiones y/o remociones de GEI de las instalaciones sobre las que tiene control operacional (autoridad para implementar políticas operativas) o control financiero (capacidad de dirigir políticas financieras y operativas con miras a obtener beneficios económicos).
- Participación en el capital: La organización informa su parte proporcional de las emisiones y/o remociones de GEI de las instalaciones en las que tiene un interés económico.
El enfoque de consolidación debe ser coherente con el uso previsto del inventario. La organización debe documentar e informar el enfoque aplicado.
Los límites de informe comprenden las emisiones y remociones directas de GEI dentro de los límites de la organización, así como las emisiones indirectas significativas causadas por sus operaciones y actividades. La organización debe establecer y documentar un proceso para determinar qué emisiones indirectas incluir, definiendo y explicando sus propios criterios de significancia teniendo en cuenta el uso previsto del inventario. Estos criterios no deben excluir cantidades sustanciales de emisiones indirectas ni evadir obligaciones de cumplimiento. Algunos criterios para valorar la significancia incluyen la magnitud de las emisiones, el nivel de influencia, el acceso a la información y la exactitud de los datos. La organización debe cuantificar e informar las emisiones indirectas significativas y justificar cualquier exclusión.
Las emisiones de GEI se deben agregar en las siguientes categorías a nivel de la organización:
- Emisiones y remociones directas de GEI.
- Emisiones indirectas de GEI por energía importada.
- Emisiones indirectas de GEI por transporte.
- Emisiones indirectas de GEI por productos utilizados por la organización.
- Emisiones indirectas de GEI asociadas con el uso de productos de la organización.
- Emisiones indirectas de GEI por otras fuentes.
Dentro de cada categoría, se deben diferenciar las emisiones no biogénicas, las emisiones biogénicas antropogénicas y, si se cuantifican, las emisiones biogénicas no antropogénicas.
Cuantificación de Emisiones y Remociones de GEI
La organización debe identificar y documentar todas las fuentes y sumideros importantes incluidos en sus límites de informe, así como todos los GEI importantes. Esta identificación debe realizarse de acuerdo con las categorías definidas para los límites de informe.
La selección del enfoque de cuantificación debe priorizar metodologías que minimicen la incertidumbre y produzcan resultados exactos, coherentes y reproducibles, considerando también la factibilidad técnica y el costo. El enfoque de cuantificación, que puede involucrar medición o modelado, debe ser explicado y documentado, incluyendo cualquier cambio realizado.
La organización debe identificar y documentar los datos para cada fuente o sumidero, determinando sus características relevantes. Estos datos pueden ser primarios (obtenidos de mediciones directas o cálculos basados en ellas, incluyendo datos específicos del sitio) o secundarios (obtenidos de otras fuentes, como bases de datos validadas).
En la mayoría de los casos, la organización debe seleccionar o desarrollar modelos de cuantificación de GEI, explicando y documentando la justificación de su elección o desarrollo, considerando factores como la exactitud de la representación de emisiones y remociones, sus límites de aplicación, incertidumbre, reproducibilidad y aceptabilidad. Muchos modelos utilizan datos de actividad multiplicados por factores de emisión.
El cálculo de las emisiones y remociones de GEI debe realizarse de acuerdo con el enfoque de cuantificación seleccionado, informando el período cubierto y convirtiendo la cantidad de cada GEI a toneladas de CO2e utilizando los PCG apropiados del IPCC más reciente (o justificando si se utilizan otros) con un horizonte cronológico de 100 años. Se debe seguir el Anexo D para la cuantificación de emisiones o remociones biogénicas y el Anexo E para la electricidad importada y exportada.
Inventario de GEI del Año Base
La organización debe establecer un año base histórico para comparar las emisiones y remociones de GEI, cumpliendo requisitos de programas o para otros usos previstos. Las emisiones o remociones del año base pueden basarse en un período específico o promediarse entre varios. Al determinar el año base, se deben usar datos representativos de los límites de informe actuales, seleccionar un año con datos verificables, explicar la selección y desarrollar un inventario coherente con la norma. Cualquier cambio en el año base debe justificarse. Para asegurar la representatividad, la organización debe tener un procedimiento para revisar y recalcular el año base ante cambios estructurales, metodologías o detección de errores sustanciales. No se recalculará por cambios en los niveles de producción.
Actividades de Mitigación y Metas
La organización puede planificar e implementar iniciativas de reducción de GEI y, si lo hace, debería cuantificar las diferencias atribuibles a estas iniciativas, documentándolas por separado si se informan. Ejemplos incluyen eficiencia energética, mejoras en procesos y captura de GEI. Si se informan compensaciones compradas o desarrolladas, deben listarse aparte.
La organización también puede establecer metas para reducir las emisiones de GEI, especificando el período, tipo de meta (intensidad o absoluta), categoría de emisiones incluidas y magnitud de la reducción. Para establecer metas, se deben considerar la ciencia del clima, el potencial de reducción y los contextos internacional, nacional y sectorial.
Gestión de la Calidad del Inventario de GEI
Es crucial establecer y mantener procedimientos de gestión de la información sobre los GEI que aseguren la conformidad con los principios de la norma, la coherencia con el uso previsto y la exactitud del inventario. Estos procedimientos deben cubrir aspectos como la responsabilidad, la formación del equipo, la identificación de límites, fuentes y sumideros, la selección de enfoques de cuantificación, la recopilación de datos, comprobaciones de exactitud, auditorías internas y revisiones. También se deben establecer procedimientos para la conservación de documentos y el mantenimiento de registros que permitan la verificación. Finalmente, la organización debe realizar una evaluación de la incertidumbre asociada a los datos y los enfoques de cuantificación.
Informes sobre GEI
La organización debería preparar un informe de GEI coherente con los usos previstos del inventario para facilitar la verificación. Un informe es necesario si se busca verificar el inventario o se hace una declaración pública de conformidad con la norma. Los informes deben ser íntegros, coherentes, exactos, pertinentes, transparentes y planificados.
La planificación del informe debe documentar el propósito y objetivos, el uso previsto y los usuarios, las responsabilidades, la frecuencia, la estructura, los datos a incluir y la política de disponibilidad.
El contenido del informe debe describir el inventario de GEI e incluir información requerida como la descripción de la organización, el período cubierto, los límites de la organización y de informe (incluyendo los criterios de significancia), las emisiones directas e indirectas cuantificadas por GEI y categoría, el tratamiento de las emisiones y remociones biogénicas, el año base y cualquier cambio, los enfoques de cuantificación utilizados y sus razones, los factores de emisión, el impacto de las incertidumbres, una declaración de conformidad con la norma, información sobre la verificación (si la hay) y los valores de PCG utilizados.
Se recomienda incluir información adicional como las políticas y estrategias de GEI, las iniciativas de reducción, las compensaciones, los requisitos de programas, las emisiones por instalación, los indicadores de intensidad y el desempeño en relación con estudios comparativos. La organización también puede ofrecer información opcional, como resultados de instrumentos contractuales para atributos de GEI o compensaciones, informándolos de manera independiente y sin sumarlos al inventario de emisiones directas o indirectas.
Función de la Organización en las Actividades de Verificación
La organización puede decidir llevar a cabo una verificación de su información sobre emisiones y remociones de GEI por un verificador competente e imparcial para revisar objetivamente la información. Esta verificación debe ser coherente con las necesidades del usuario previsto y seguir los principios y requisitos de la norma ISO 14064-3. Los requisitos para los organismos de verificación se encuentran en la norma ISO 14065, y los de competencia para los equipos de validación y verificación en la norma ISO 14066.
En resumen, la norma ISO 14064-1:2018 proporciona un marco integral para las organizaciones que desean cuantificar, gestionar e informar sus emisiones y remociones de gases de efecto invernadero. Al definir principios claros, establecer requisitos detallados para la determinación de límites, la cuantificación, la gestión de la calidad y la presentación de informes, esta norma facilita la transparencia y la rendición de cuentas en los esfuerzos de mitigación del cambio climático a nivel organizacional. La consideración del "mapa mental" se vería reflejada en la estructura lógica y la exhaustividad de la implementación de cada uno de estos pasos por parte de la organización.
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